Trámites con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
Obligatoria para todo empresario que vaya a efectuar contrataciones. Se realizará en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Alta en el régimen de Autónomos
Obligatorio para los empresarios individuales y comunidades de bienes, y opcional para trabajadores de cooperativas. Se efectuará en la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro de los 30 días siguientes al alta del IAE.
Alta en el Régimen General de la Seguridad Social
Para trabajadores por cuenta ajena. Tanto la afiliación como la solicitud de alta en este régimen se realizará con anterioridad al comienzo de la relación laboral en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Comunicación de apertura del centro de trabajo
En la Dirección General de Trabajo dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad. Se procederá también a la adquisición y sellado de libro de visitas
Contrato de trabajo
Formalización de los contratos y su posterior registro en la Oficina de Empleo. Plazo de 10 días a partir del inicio de la prestación laboral.